La Dirección General de Tributos considera que no es aplicable la D.T. 2ª de la Ley IRPF a los contribuyentes que hayan cotizado a la Mutualidad Laboral de Banca
La Dirección General de Tributos mediante su Consulta vinculante V1574-19, de 26 de Junio de 2019, analiza la posibilidad de aplicar la disposición transitoria segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y, en consecuencia, computar en la base imponible el 75 por ciento del importe percibido en concepto de pensión…