
Los titulares de acciones del Banco Popular podrán declarar en el IRPF del ejercicio 2017 la pérdida derivada de dichas acciones. Concretamente, dicha pérdida se reflejará en la base imponible del ahorro, dentro del apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, haciendo constar como valor de transmisión cero.
Dicha pérdida se puede compensar con ganancias procedentes de la transmisión de elementos patrimoniales (venta de acciones, de inmuebles, reembolso de fondos de inversión, etc). El saldo negativo resultante se puede compensar con el 20% del saldo positivo de los rendimientos de capital mobiliario del art. 25.1, 2 y 3 LIRPF (dividendos, intereses de depósitos, seguros de vida, etc.). Si aún quedase un saldo negativo, se puede compensar durante 4 años, del mismo modo.